D I S P O S I T I V A
Por los argumentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: ANTONIO DE JESÚS FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ y KAROLINA DEL VALLE TERÁN RODRÍGUEZ, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído en fecha 06 de septiembre de 1995, por ante la Prefectura de la Parroquia Carache, Municipio Carache del estado Trujillo, según se evidencia del Acta de Matrimonio signada con el N° 21, que corre inserta al folio N° 04 del expediente.
Déjese por Secretaría copia certificada del presente fallo, conforme a lo dispue.....