ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, presentada contra JULIO CESAR EUSEBIO, ampliamente identificado en autos, por el delito de COOPERADOR INMEDIATO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO Y CONCURRENCIA DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 458 en relación con el artículo 83 del Código Penal y 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como las pruebas ofrecidas por la fiscalía por ser lícitas, pertinentes y necesarias para el juicio oral y público.