Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Juez de Control N ° 04 Abg. LEXI MATHEUS, en la causa seguida al ciudadano JOSE AMERICO SALCEDO BRICEÑO, por el delito de Estafa, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el 87 eiusdem.