este JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: IMPROCEDENTE, la solicitud de acumulación realizada por el abogado EDUARD OVALLES SALAS, inscrito en el IPSA bajo la matricula N° 145,847, en su condición de apoderado judicial del Tercero Interviniente VALERO VASQUEZ MIGUEL LORENZO, identificado con la cedula V- 12.95.823, todo ello con motivo de la acción de nulidad de acto administrativo de efectos particulares a incoado la Entidad de Trabajo MUDANZAS INTERNACIONALES GLOBAL, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital (antes Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y estado Miranda ) en fecha 27 de julio de 1988, quedando anotada bajo el N° 42, Tomo 37-A, en contra de la providencia administrativa contenida en el expediente N° 027-2012-01-02069 dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropoli.....