Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional presentada por el ciudadano Antonio Negrin Mendez, contra actuaciones de los Juzgados Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la misma Circunscripción Judicial.