Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dispone:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el abogado Alfredo Ascanio Pereira, Inpreabogado Nº 68.286, actuando como apoderado judicial del ciudadano AMADO BAUTISTA MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.188.408, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo contenido en la Resolución Nº DA-RRHH-2011-199, dictada en fecha 07 de junio de 2011, mediante el cual se removió al querellante y del acto administrativo contenido en la Resolución Nº DA-RRHH-2011-229, dictada en fecha 01 de agosto de 2011, mediante la cual se le retiró al actor del cargo que ostentaba en la Alcaldía querellada.
TERCERO: Se ordena la REINCORPORACIÓN al cargo.....