Por todas las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda que por Desalojo de inmueble ha intentado el Abg. Yohalbert Pastor Palacios Jiménez, cedula de identidad N° V- 19.591.551, domiciliado en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara e inscrito en el IPSA bajo el N° 182.523, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos: Pao Yueh Huang y Chun Yuan Chen, extranjeros, cedula de identidad Nros. 82.280.199 y 82.276.846, respectivamente en contra del ciudadano: LARRY JOSE MONTILLA ARELLANO, titular de la cedula de identidad N° 10.485.403,