Se aumenta en un 30.52% del salario mínimo, que actualmente equivale a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 156.280, oo) mensuales, más la suma de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000, oo) en el mes de julio por concepto de bono vacacional y la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000, oo) en el mes de diciembre como aguinaldos, que a sus hijas (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), debe pasarle su padre MIGUEL GERONIMO BRICEÑO CARRILLO, en la forma prevista en la decisión anterior.