presente solo el defensor ad-litem de la parte demandada abogado ANDRES BLANCO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 121.328, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento y ordena el archivo definitivo del expediente.- Archívese.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Titular,
Abg. Diana Carolina Isea
AGP/ryma