presente causa se encuentra inactiva desde el año 2.001, fecha en la que se ordenó notificar a la Fiscal VIII del Ministerio Público del estado Trujillo, y la publicación en la prensa de un edicto a las personas que vieran su derechos afectados por la solicitud de la parte actora. En consecuencia, se declara terminado el proceso, y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme esta decisión. Y así se decide.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
La Secretaria Titular,
Abg. Mary Trini Godoy.
AGP/nvam.-