Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, PRIMERO: De conformidad con los artículos 61 y 64 literal “a” de la Ley Orgánica del Trabajo, PRESCRITA la acción intentada por la parte actora, ciudadana: MARLEYN PASTORA PEREZ WOJCIK, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.790.778 y de este domicilio, por intermedio de sus apoderadas judiciales: KAREN E. CAMARGO M., y MARIANA I. PIÑA P., abogadas en ejercicios, de este domicilio e inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 86.229 y 90.141 respectivamente, contra la Empresa: DIARIO HOY, C.A., en la persona del ciudadano RAFAEL IGNACIO MONTESDEOCA, de este domicilio, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.- SEGUNDO: Sin Lugar la Impugnación formulada por la parte actora, contra el poder que acredita la representación judicial de los apoderados de la parte demandada.- TERCERO. No hay condenatoria.....