PRIMERO: CON LUGAR LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, acordada de oficio.
SEGUNDO: SE DECLARA que en la presente causa, ha operado de hecho y de derecho LA PERENCIÓN para el retiro, publicación y consignación a las actas, el cartel de notificación de terceros, de acuerdo a lo previsto en el artículo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, interpretado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia vinculante número 1708 de fecha 16 de noviembre de 2011, que recayó en el expediente 09-0695, con ocasión a recurso de revisión constitucional interpuesto por la representación judicial del Instituto Nacional de Tierras, en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los ciudadanos ROSA MARÍA PÉREZ, MAURO ARROYO, BENITO ANTONIO GODOY, PEDRO FONSECA, ANA ROSA CHINCHILLA, YASMELY DÁVILA, RAMÓN CHINCHILLA, BARTOLO RUÍZ Y JEAN CARLOS UZCÁTEGUI, Venezolanos, mayores de edad, titulares de laS Cédulas de Identidad números 9.170.394, 5.794.760.....