Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO de éste Tribunal para seguir conociendo la presente solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL, la cual fuera intentada por el ciudadano PABLO MORENO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.000.623.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA para ante el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, con sede en la población de Sabana de Mendoza del Municipio Sucre del Estado Trujillo, a quien se ordena remitir estas actuaciones, a los fines de que siga conociendo la presente causa.-
Déjese transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir del primer día de despacho sigui.....