declara INADMISIBLE la pretensión de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, deducida por la ciudadana Gladys Zannin Pauletti, en contra de la ciudadana Sonia Sanoja Salazar, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, en concordancia con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil