´- III -
DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la querella interdictal restitutoria incoada por los ciudadanos ANA SONIA MOLINA REYES, MARY ALEJANDRA MONCADA MOLINA y ESTEBAN MARINO GARCÍA FIGUEROA, contra el ciudadano WOLFANG JOSÉ RIERA MIJARES, ampliamente identificados al inicio de esta decisión.
Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.-
Regístrese, publíquese, notifíquese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los quince (15) días del mes de mayo de 2023. Año.....