Este Tribunal en virtud de la aceptación de la parte demandante en el pago ofrecido por la demandada y aclarados los puntos controvertidos, este Tribunal procede a homologar la transacción celebrada entre las partes por cumplir los extremos de Ley, y que corresponde a l contenido en el libelo de de la demanda y la autorización formal para homologar el pago de sus prestaciones sociales, ya que una vez analizados los puntos se observó el cumplimiento del monto establecido a cancelar a la trabajadora. Se acuerda la devolución de las pruebas presentadas por las partes una vez se constate el cumplimiento de la transacción, Una vez quede firme la presente Transacción se dará por terminado la presente causa y se archivara el expediente.Así se decide En Barquisimeto, a la fecha de su presentación.------
LA JUEZ,
Abg.HILMARI GARCIA PADILLA
El Secretario
Abg ALEXANDER ROJAS
"LA EX TRABAJADORA" .....