Este Tribunal Quinto en funciones de control de este Circuito Judicial Penal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: Primero: Con Lugar la excepción opuesta por la defensa en el escrito , en la que se desprende a que la Acción fue promovida ilegalmente, específicamente en la falta de requisitos formales para intentar la acusación fiscal, Segundo: Por lo que se desestima la acusación presentada por la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico, lo que consecuencialmente de conformidad con el articulo 33 cardinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal y se decreta el sobreseimiento de la causa a los ciudadanos imputados JESUS ANTONIO SOLIS GERARDINO, venezolano, de 31 años de edad, portador de la cédula de identidad N° 12.257.805, hijo de Jesús Solís y Eulogia Gerardino, ocupación comerciante de bienes raíces no es una empresa registrada, residenciado en Maracaibo Estado Zulia, en la Avenida 2 El Milagro, calle 84,.....