En consecuencia, se HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada, se declara concluido el presente procedimiento, y una vez transcurridos cinco (05) días hábiles siguientes a la constancia en autos por las partes de haberse materializado el pago pendiente antes señalado, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. CÚMPLASE y DÉJESE COPIA. 200° y 151°
La Juez,
Abg. María Mercedes Millán
La Secretaria,
Abg. Omaira Alejandra Uranga