se declara:
1. COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad, presentado por la ciudadana YOLANDA COROMOTO SAAVEDRA, titular de la cédula de identidad Nº 5.788.783, en su carácter de Directora Gerente de la empresa mercantil CONSTRUCTORA INMOBILIARIA JYE, C.A., debidamente asistida por el abogado CÉSAR ECHENAGUCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.624, contra el Acto Administrativo S/N, materializado en el punto de cuenta Nº 11, Sesión 1121, de fecha once (11) de noviembre de dos mil diez (2010), de la Junta Directiva de FUNDACARACAS, en la cual se tomó la decisión de rescindir unilateralmente el contrato Nº LS/FC/GT/FIDES/004-2007, suscrito entre la FUNDACIÓN CARACAS (FUNDACARAS) y la CONSTRUCTORA INMOBILIARIA JYE, C.A., en fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil siete (2007).
2. ADMITE en cuanto a lugar en derecho y se ordena la citación al SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL y notificació.....