Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara: Terminada la demanda de Divorcio, presentada por la ciudadana Isbely Gregoria Yajure Saavedra, ya identificada contra el ciudadano José Ramón Campos Salas, ya identificado, en consecuencia se ordena dejar sin efecto las medida provisionales dictadas en el auto de admisión de fecha 08 de mayo de 2.014.