este Tribunal de oficio, acuerda abrir la incidencia del artículo 607 del Código de Procedimiento Civil a los fines de determinar si en la presente causa ha ocurrido un fraude procesal en perjuicio de terceros y de la administración de justicia, en consecuencia, se ordena a las partes para que contesten y expongan lo que consideren pertinente al Día de despacho siguiente al de hoy, por aplicación del artículo 607 eiusdem. Así se decide.-