DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Oberto Rangel, apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 01 de abril de 2024, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la incidencia de Oposición a la Medida Cautelar de Embargo Preventivo surgida en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA interpuesto por la sociedad mercantil FAVAR 2018 C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Estado Lara, inserto bajo el N° 23, tomo 5-A RM365 AÑO 2019, representada por el ciudadano JHONNY JOSE VARGAS DURÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.....