En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Primero Civil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda propuesta por la ciudadana TÁLAMO MENDOZA YILEMY VERUSKA, contra la ciudadana NATY AIMARA JORDÁN SAABEDRA, las partes ya identificadas-
Se declara INADMISIBLE la presente demanda propuesta por la ciudadana TÁLAMO MENDOZA YILEMY VERUSKA, por haber acumulado en la presente demanda de partición, como acción principal, la pretensión de producto de la supuesta comunidad, y el nombramiento de un liquidador de la misma