El ciudadano HÉCTOR LUÍS MARIOTTI, antes identificado, a fin de dar cumplimiento al pago de las cantidades reclamadas ofrece traspasarle en propiedad a la ciudadana GLADYS COROMOTO LEÓN VIELMA, progenitora de los hermanos (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), la vivienda que sirve como asiento principal de su hogar y el de sus hijos la cual esta ubicada en la Urbanización El Amparo pasaje 0, casa N° 12, del Municipio San Rafael de Carvajal del estado Trujillo, y que se encuentra a nombre de la Empresa Inversiones Mariotti, de la que es accionista mayoritario; en tal sentido se compromete a realizar todas las gestiones tendientes al traspaso de la propiedad a nombre la prenombrada ciudadana por ante los órganos competentes, no obstante de la misma manera continuará dando la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, a sus hijos como lo ha estado haciendo, hasta la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 250.000.oo), mensuales.