Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia dictada el 25 de Abril de 2006 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró la perención de la instancia en el juicio que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales sigue la ciudadana BRIGIDA CONTRERAS CHACON contra los co-demandados C.A. CORPORACION 888, C.A. INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS LUXOR y EDUARDO JOSE BUYSSE BARRADAS;
SEGUNDO: Se ORDENA el archivo del presente expediente, haciéndole saber a la accionante que sólo podrá intentar la presente acción una vez que hayan transcurrido los noventa (90) días a que hace ref.....