PRIMERO: Con lugar el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 17 de abril de 2.012, por el ciudadano abogado JESÚS ESCUDERO ESTÉVEZ, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante-apelante en la presente causa, contra el auto dictado en fecha 13 de abril de 2.012, por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Y así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se revoca el auto proferido por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 13 de abril de 2.012, y se ordena al Juzgado A-quo, que admita la prueba promovida por la parte actora mediante escrito presentado en fecha 02 de abril de 2.012, referente al estado de cuenta proyectado al 30 de marzo de 2.012, por la Gerencia de Operaciones de Crédito de la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.; debiendo resolver la oposició.....