Este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ALDAZORO JUSTO PASTOR Y RIVERO DE ALDAZORO EVANGELISTA MARIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.323.660, V-7.337.984, respectivamente.