Se dictó y publicó el Fallo Definitivo del debate oral y público celebrado en la presente causa en fecha 27 de Noviembre de 2009, mediante el cual se declaró Sin Lugar la demanda.- De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condenó en costas a la parte demandante perdidosa por haber resultado vencida en el proceso.-