DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta el cese de la sanción impuesta a la joven DATOS OMITIDOS, venezolana, con cédula de identidad N. V-19.726.870, que consiste en LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de Un (01) Año, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, por la comisión del delito de Asalto a Transporte Colectivo, previsto en el segundo aparte del artículo 357 del Código Penal hecho ocurrido el 26-08-2006, por cumplimiento de la misma, de la misma manera se ratifica que queda pendiente el cumplimiento de las Reglas de Conducta, por el lapso de dos (02) años, las cuales vencerán de pleno derecho el día 01 de diciembre de 2010. Regístrese y Notifíquese a las partes de la presente desición.