Este Tribunal Primero de primera instancia de juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y a tenor de lo establecido en el primer aparte del artículo 75 y artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; de los artículos 4, 8, 30, 365, 367, 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR, la demanda de FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN formulada por la ciudadana: OSMARY NATHALI LOPEZ SALAS, en contra del ciudadano: JUNIOR MANUEL IBARRA, anteriormente identificados y en beneficio de su hija: identidad omitida con forme a los establecido en el articulo 65 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y Adolescente por lo que se establece:
PRIMERO: Como monto de obligación de manutención, la cantidad de SEISCIENTOS CATORCE BOLÍVARES C.....