DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulado por los ciudadanos FREDDY ASCENCION ESPINOZA ROMERO Y MARIA GREGORIANA DEL SANCHEZ DE ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.357.397 y V- 9.318.894, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio HAROLD VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.497, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 08 de diciembre de 1989, por ante el la Primera Autoridad Civil, Municipio Municipio Leoncio Martínez del Distrito Sucre del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 386, asentada en el libro .....