Por la razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley EN PRIMER LUGAR, NIEGA el permiso solicitado por la Abogada MARCELINA VILORIA ANDARA DE UZCATEGUI, defensora privada, para que la ciudadana LEINIS SILVERIA VASQUEZ NIEVES prepare y elabore, su tesis y para que se traslade hasta la sede del IUTEMBI el día viernes 16 del presente mes y año a las 9:00 de la mañana a una reunión de acto de grado y EN SEGUNDO LUGAR, autoriza a la mencionada LEINIS SILVERIA VASQUEZ NIEVES, para que defienda la tesis de grado para lo cual deberá ir custodiada por efectivos policiales, de igual manera deberá consignarse en la causa el día y la hora pautado por el Instituto Educativo para realizar tal actividad a los fines de librar la respectiva boleta a los órganos policiales encargados de la custodia y tra.....