Este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer de la presente medida de protección a la producción agroalimentaria.
SEGUNDO: DECRETA MEDIDA A LA CONTINUIDAD EN EL ENTORNO AGRARIO DE LOS SERVICIOS PUBLICO, a favor de la COMUNIDAD DE EL BUCHAL, con una vigencia de un (01) año contados a partir de la presente fecha, en los términos antes expuestos.
TERCERO: SE ORDENA la publicación de un Cartel en la prensa regional Diario "EL INFORMADOR" de circulación en el Estado Lara, para que quienes consideren, que sus derechos le han sido vulnerados con la medida, ejerzan oposición a la misma, dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a la consignación del ejemplar que contienen la publicación del Cartel en el Expediente y una vez que conste en auto el último de los notificados, en caso de oposición, se tramitará la misma de conformidad con el artículo 602 del C.....