DISPOSITIVA
Por las razones supra indicadas, el Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONFIERE DECRETA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA de conformidad con el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal del imputados EOMAR RAFAEL PÉREZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.018.127, por el delito de ROBO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Lisbeth Piñango.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes, Fiscalía 8º del Ministerio Público del Estado Lara, y a la Defensa Privada los abogados Thais Ávila de Ibarra, I.P.S.A Nº 25.654, DOMICILIO PROCESAL EN LA URB. 14 DE FEBRERO, CALLE 2, CASA Nº 6, CARORA, y Santiago Gutierrez Hernandez, quien se identifica con credencial nº 49.429, con domicilio procesal en la calle 26 entre carreras 16 y 17, Torre Ejecutiva, piso 6, oficina 61. Barq.....