Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos JOSE GREGORIO AZUAJE y MARIA MARIELA PACHECO, antes identificados, por ante el Registrador Civil de Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado de Miranda, en fecha 11 de Junio de 2014. De dicha unión matrimonial procrearon (01) hijo, de nombre DERRYKC JESUS, mayor de edad. Ofíciese al Jefe Civil antes indicado y al Registrador Principal del Estado Miranda, a los fines de que inserte la nota marginal correspondiente en el Acta de Matrimonio Nro. 22 del año 2011. La presente sentencia queda firme en su misma fecha. Expídanse las copias certificadas respectivas, una vez conste en autos los fotostatos respectivos.