Este Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 09 de mayo del 2003, por la abogado SHIRLEY BRICEÑO , abogado en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 55.615 y de este domicilio, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 24 de abril de 2003, mediante la cual declaro sin lugar la acción interpuesta por la ciudadana MARISELA FUENTES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.471.377, de este domicilio, en contra de la empresa HELADERÍA MI GRAN BARQUILLA, CABUDARE, inscrita p0or ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado L.....