En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. INADMISIBLE la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentada por ELMER FAROH VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-7.368.280 contra ALÍ JOSE RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.981.535 y de este domicilio.
2. SE CONDENA en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido totalmente vencida.
PUBLÍQUESE, incluso en la página WEB del Tribunal, REGÍSTRESE. Se deja expresa constancia que la presente decisión fue dictada dentro de su lapso legal. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Có.....