D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en fecha 16.02.2011, contra la sentencia dictada en fecha 09.02.2011, por el Juzgado Segundo de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida en todos sus términos.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el articulo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.