declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana Liliana Esther Núñez Serfaty, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, por una parte y por la otra, el ciudadano Lino Rafael George Polini Gutiérrez, debidamente asistido por la abogada Ayleen Mercedes uedez González, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 28.08.2004, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda, según consta en la partida de matrimonio distinguida con el N° 305, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 2.004