DECISIÓN
Por todo lo expuesto este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento Definitivo a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con los artículos 561 literal d y 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con el 300 numeral 3° y 49 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, al adolescentes, por los delitos de Alteración al Orden Publico y Resistencia a la Autoridad previstos en los artículos 506 y 218 del Código Penal . Notifíquese a las partes. Regístrese y Publíquese. Se decreta el cese de las Medidas Cautelares impuestas a los adolescentes.