DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la LeyPor todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio de la Circunscripción Judicial de Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE el derecho a cobrar honorarios profesionales derivados de las actuaciones judiciales realizadas por parte de los abogados RICHARD SAID INFANTE titular de la cedula de identidad N° V-17.621.871, actuando en su propio nombre, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N°147.217. En consecuencia se señala que el monto a cancelar es la cantidad DE NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES sin céntimos (Bs.93.750, 00), por la parte intimada ya identificada anteriormente .ASI SE DECIDE
SEGUNDO: Una .....