En razón de la sentencia condenatoria antes referida, este tribunal pasa a hacer el cómputo de pena de la siguiente manera:
Primero: El penado Joel Antonio López Linares, cumplirá su pena definitiva en fecha 29-11-2008.
Segundo: El mencionado ciudadano podrá solicitar los siguientes beneficios:
A). DESTACAMENTO DE TRABAJO, cuando cumpla una cuarta (1/4) parte de la pena, en fecha 17-10-2007.
B). ESTABLECIMIENTO ABIERTO, cuando cumpla un tercio (1/3) de la pena, en fecha 1-12-2007.
C). LIBERTAD CONDICIONAL, cuando cumpla los dos tercios (2/3) de la pena, en fecha 31-5-2008.
D). CONFINAMIENTO, cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena, en fecha 15-7-2008.
Tercero: El penado seguirá cumpliendo la pena en el Internado Judicial de Trujillo.
Notifíquese la presente decisión. Impóngase al penado del presente auto de ejecución y cómputo y entréguesele copia certificada del mismo. Remítase copia certificada del presente auto al Internado Judicial de Trujillo, a la represen.....