Se declara 1) INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la ciudadana CARMEN TERESA ARBELAEZ DE TANACHIAN, titular de la cédula de identidad Nº 6.809.540, asistida por el abogado GUSTAVO R. VILLANUEVA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 77.014, contra el Oficio, Nº DA-292-09-2013 de fecha nueve (09) de septiembre de dos mil trece (2013), dictado por la ALCALDESA DEL MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO MIRANDA; y,
2) SIN LUGAR, el recurso interpuesto contra el acto administrativo contenido en Oficio Nº DA-339-10-2013 de fecha nueve (09) de octubre de dos mil trece (2013).