Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra el fallo proferido por el Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de octubre de 2017, el cual se ANULA por violación del artículo 243.2 del Código Adjetivo.
Segundo: CON LUGAR la falta de cualidad activa alegada por la representación judicial de la parte demandada en el juicio de nulidad de solicitud de notificación que incoara la Sociedad Mercantil HABITACASA ADMINISTRACION DE CONDOMINIOS Y OBRAS CIVILES C.A., contra la JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS MEDIA LUNA y la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LAS RESIDENCIAS MEDIA LUNA, todos identificados al comienzo de este fallo, desechándose en consecuencia la demanda incoada.
Tercero: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte demandante por haber res.....