Se ordena el egreso del niño (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), quien se encuentra en el SERVICIO AUTÓNOMO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE TRUJILLANO, para que sea entregado a su progenitora, ciudadana: MILENA JOSEFINA RAMÍREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.523.259, quien deberá responsabilizarse por la protección integral del referido niño.