Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación por el Abg. JOSE RAMON EREU EREU, en su carácter de Defensor Privado del Ciudadano CARLOS JAVIER VALERA CASTILLO, en contra la decisión dictada en fecha 16 de Mayo de 2013 y fundamentada el 20 de Marzo de 2014 y fundamentada el 21 de Marzo de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 03, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual CONDENA, al ciudadano CARLOS JAVIER VALERA CASTILLO por el delito TRAFICO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento y segundo aparte del artículo 149 en relación con el articulo 163 numeral 1° del la Ley Orgánica de Drogas y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el articulo 218 del .....