este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A presentada por los ciudadanos ALEXIS RAFAEL MEDINA GONZALEZ y MARIA DE LOS ANGELES QUINTERO DE MEDINA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.381.074 y V-8.513.945.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULOMATRIMONIAL, celebrado en fecha 10 de Agosto de 1992, por ante el Registro Civil de la parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren del estado Lara, según consta en acta N° 292, de los libros de matrimonios del año 1992.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes una vez la presente decisión quede definitivamente firme conforme a lo previsto en los artícul.....