Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Juan José Cubero en supuesta representación de la Dirección General de Salud del Estado Lara, contra la decisión de fecha 19/05/2010, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial.