Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la ciudadana Iraida Rodríguez De D¿ Amico, Titular de la Cedula de Identidad Nº 4.992.696, en su carácter representante legal de SERVICENTRO D´ AMICO, C.A., domiciliada en el Paseo Meneses, Edificio D¿ Amico, Ciudad Bolívar, inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) Nº J-30500047-6, asistida por el Abogado Leonel Jiménez Carupe, INPREABOGADO N° 10.820, en contra de las Resoluciones contenidas en las planillas de Liquidación Nos. 081001227001254, 081001227001255, 081001227001256, 081001227001257, 081001227001258, 081001227001259, 08100122.....