Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de resolución de contrato y daños y perjuicios, incoada por el abogado PEDRO ANTONIO PÉREZ ALZURUTT, en su carácter de apoderado judicial de la empresa MAYOR DE REPUESTOS DEL CENTRO, C.A. (MERECEN), contra la entidad financiera BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora, por haber resultado totalmente vencida.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Remítase el presente expediente en su oportunidad legal al Tribunal de origen.